DIVORCIO MUTUO ACUERDO

07.11.2022

El divorcio de mutuo acuerdo se trata de un procedimiento amistoso, que no exige la celebración de juicio.

Se trata de un procedimiento tan sencillo, que únicamente requiere la presentación de la demanda de divorcio, junto con el convenio regulador, y posterior ratificación de los cónyuges, para que el Juzgado acuerde el divorcio.

Al tratarse de un procedimiento tan sencillo, los costes de éste son mucho más baratos que los de un divorcio contencioso y ello porque ambos cónyuges podrán estar representados por el mismo abogado y procurador.

Así mismo, al no celebrarse juicio, no es necesaria la presencia del abogado en el acto de ratificación de la demanda de divorcio, lo que supone también un ahorro en el pago de honorarios.

Por otro lado, en este tipo de procedimientos, tampoco es necesaria las reuniones con los abogados, ya que únicamente será suficiente facilitar al abogado la documentación necesaria para el procedimiento, la cual se puede hacerse llegar mediante correo electrónico o correo ordinario. Y ello porque en la demanda de divorcio no es necesario alegar causa de divorcio.

En cuanto a los requisitos para que se acuerde el divorcio, estos son:

-. Que haya transcurrido tres meses desde la celebración del matrimonio.

-. Que haya una voluntad por parte de ambos cónyuges de divorciarse.

Por otro lado, este procedimiento tampoco requiere la presentación de multitud de documentos o medios de prueba, ya que únicamente requiere que se presente los documentos que se citan a continuación:

-. El convenio regulador (se trata de un acuerdo al que llegan los cónyuges sobre cómo quedará la situación tras la ruptura),

-. Un certificado de inscripción del matrimonio

-. Un certificado de nacimiento de los hijos.

-. Un certificado de empadronamiento, si bien este último no es obligatorio presentarlo, muchos Juzgados requieren este documento a efectos indicativos.

En cuanto a la tramitación de un divorcio de mutuo acuerdo, éste se iniciará con la presentación de la demanda.

Una vez presentada la demanda de divorcio, el Juez citará a los cónyuges para que, por separado, se ratifiquen en la demanda y en el convenio regulador por separado.

Una vez se hayan ratificado los cónyuges el Juzgado dictará Sentencia por la que dará por disuelto el matrimonio.

Si uno de los cónyuges no se ratificara en la demanda, el Juzgado archivará el procedimiento. Y entonces, se deberá iniciar un procedimiento contencioso.

Desde Esther Ruiz. Abogada gestionamos su divorcio de mutuo acuerdo desde cualquier punto del pais.